Preguntas frecuentes
¿Qué es el Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI)?
El Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI) es un programa federal que emite pagos mensuales a personas que trabajaron, pagaron impuestos del Seguro Social y ahora tienen una discapacidad que limita su capacidad de trabajar. Después de recibir beneficios del SSDI por 24 meses (dos años), automáticamente recibirá cobertura médica de Medicare.
Algunas personas usan otros nombres para referirse al SSDI, como “DI”, “Título II” o “beneficios de discapacidad del Seguro Social”.
¿Cuál es la diferencia entre el Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI) y la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI)?
El Seguro Social tiene dos programas de beneficios para personas discapacitadas con nombres muy parecidos:
- La Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) les brinda beneficios monetarios a personas con discapacidad que tengan escasos ingresos y pocos recursos. No necesita haber trabajado anteriormente para recibir SSI.
- El Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI) brinda beneficios monetarios a las personas con discapacidad que califiquen porque antes trabajaban.
Algunas personas califican para ambos programas al mismo tiempo. Si recibe beneficios del Seguro Social, pero no está seguro de cuáles, abra una cuenta de my Social Security o solicite un Informe para la planificación de beneficios (BPQY) gratuito en su oficina local del Seguro Social o llamando al 1-800-772-1213 o al 1-800-325-0778 (TTY).
New Jersey también tiene un programa de beneficios por discapacidad denominado Seguro por Incapacidad Temporal (TDI). Este emite pagos mensuales a corto plazo a personas que tienen que dejar de trabajar debido a una enfermedad, lesión o embarazo. Obtenga más información sobre el TDI.
¿Qué son los Beneficios por Discapacidad en la Niñez (CDB)?
Los adultos con una discapacidad que haya comenzado antes de que cumplieran 22 años pueden recibir beneficios de CDB-DAC-program-name (CDB-DAC) en base a los impuestos que sus padres pagaron al sistema del Seguro Social. CDB-DAC es similar al Seguro de Discapacidad del Seguro Social (SSDI), pero no tiene que haber trabajado a fin de calificar para CDB-DAC.
¿A quién puedo llamar para hacerle preguntas acerca del Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI)?
Si tiene preguntas acerca del Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI) y necesita hablar con alguien, llame al Seguro Social al 1-800-772-1213 o al 1-800-325-0778 (TTY) o visite su oficina local del Seguro Social.
Si desea preguntar cómo el trabajo podría afectar sus beneficios del SSDI, intente comunicarse con:
- Un/a consultor/a de incentivos de trabajo (WIPA), o
- La línea de ayuda del Programa del Boleto para Trabajar al 1-866-968-7842 o al 1-866-833-2967 (TTY).
¿Quién puede recibir el Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI)?
A fin de calificar para el Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI), el Seguro Social debe decidir que usted tiene una discapacidad. También tiene que haber trabajado una cierta cantidad de tiempo y pagado suficiente en impuestos del Seguro Social.
El Seguro Social utiliza una serie de pruebas para decidir si usted califica. Por lo general, usted califica si tiene suficientes créditos de trabajo y la discapacidad es lo suficientemente grave para limitar su capacidad de trabajar.
Al Seguro Social puede tomarle tiempo decidir si califica. A veces, solo toma uno o dos meses, pero a veces toma más de un año. El promedio es de alrededor de seis meses.
Observación: Si es veterano de las fuerzas armadas, infórmeselos cuando solicite. El Seguro Social podría revisar su solicitud más rápido.
¿Cómo puedo solicitar Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI)?
Puede solicitar Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI):
- En línea (lo cual empieza el proceso de solicitud inmediatamente en vez de tener que esperar una cita)
-
Por teléfono llamando al Seguro Social. Llame al 1-800-772-1213 o al 1-800-325-0778 (TTY) para hacer una cita para completar la solicitud:
- Por teléfono, o
- En persona en su oficina local del Seguro Social.
- oficina local del Seguro Social.
¿Qué información tengo que darle al Seguro Social al solicitar SSDI?
Es posible que tenga que dar esta información al solicitar Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI):
- Nombres de médicos, terapeutas, hospitales, clínicas y demás que le hayan tratado, con la dirección y número de teléfono.
- Recetas y resultados de exámenes médicos.
- Copias de expedientes médicos.
- Su número del Seguro Social y los números del Seguro Social de su cónyuge e hijos menores de 18 años
- Una copia certificada de su acta de nacimiento.
- Prueba de ciudadanía estadounidense o residencia legal si nació fuera de los EE. UU., como documentos de naturalización, su pasaporte estadounidense o su tarjeta verde
- Copia certificada de sus documentos de baja militar (Formulario DD 214), si estuvo en las fuerzas armadas.
- Copia de sus expedientes de impuestos o formularios W-2 recientes.
- Información sobre beneficios de Compensación a los trabajadores, en caso de haberlos recibido
- Una lista de los trabajos que ha tenido durante los pasados 5 años.
El Seguro Social tiene una lista detallada de la información que debe presentar para completar la solicitud.
¿Cuánto recibiré en beneficios del Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI)?
El monto de sus beneficios del Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI) se basa en cuánto ganó trabajando durante el transcurso de su vida. Después de que comience a recibir estos beneficios, por lo general recibe un pequeño incremento en el monto de los beneficios cada mes de enero a fin de acomodar los cambios en el costo de vida.
Usted puede verificar sus ganancias para el Seguro Social e información sobre beneficios en línea. Las declaraciones en línea indican cuánto podría recibir en beneficios del SSDI.
Observación: Sus beneficios del SSDI podrían ser más bajos si usted recibe ciertos tipos de ingreso, como Compensación a los trabajadores o pensiones del gobierno.
¿El Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI) incluye cobertura médica?
Usted califica automáticamente para Medicare después de que haya estado recibiendo beneficios del Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI) por 24 meses (dos años). La cobertura de Medicare continuará siempre y cuando reciba beneficios del SSDI.
¿Qué es trabajo sustancial y lucrativo (SGA)?
Trabajo sustancial y lucrativo (SGA) se refiere a un índice de ganancias que el Seguro Social utiliza para determinar si usted tiene una discapacidad. Si su ingreso contable mensual es mayor que el índice de SGA ($1,550 por mes en 2024; $2,590 si es una persona ciega), el Seguro Social determina que no tiene una discapacidad.
Para el SSDI, su ingreso devengado contable equivale a sus ingresos mensuales brutos menos su paga por días de enfermedad, vacaciones, subsidios salariales y gastos de trabajo relacionados con la discapacidad (IRWE). Obtenga más información sobre estas deducciones.
Observación: Si usted trabaja por cuenta propia, el Seguro Social no se fija solo en su ingreso, puesto que el monto de dinero que usted recibe como tal de su negocio depende de muchas cosas. Obtenga más información acerca de las tres pruebas que utiliza el Seguro Social para ver si una persona que trabaja por cuenta propia tiene realiza un SGA.
¿El dinero que tengo en el banco y mis demás activos afectan si puedo recibir SSDI?
No. El Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI) no tiene un límite de recursos. No importa cuánto tenga en recursos, comoquiera podría calificar para el SSDI.
¿Mi discapacidad califica para Seguro de Incapacidad del Seguro Solicitar (SSDI)?
Depende. El Seguro Social realiza un proceso de cinco pasos para determinar si su afección cumple con los criterios de una discapacidad. Dicho proceso puede tardar entre varios meses a un año.
Obtenga más información sobre el proceso de determinación de la discapacidad.
¿Qué es el Período probatorio de trabajo (TWP)?
El período probatorio de trabajo (TWP) se refiere a un período de tiempo en el cual usted puede devengar cualquier cantidad y continuar recibiendo beneficios del Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI). El TWP finaliza cuando utiliza nueve meses probatorios de trabajo en un lapso de cinco años.
Durante este lapso de cinco años, cualquier mes en que sus ganancias brutas superen el índice del período probatorio de trabajo ($1,110 en 2024) se considera un mes probatorio de trabajo. Puede utilizar los nueve meses de dicho período probatorio consecutivamente o en períodos esporádicos dentro del lapso de cinco años. Durante los meses probatorios de trabajo, continuará recibiendo todos los beneficios del SSDI.
Si gana menos en un mes que el índice para el período probatorio de trabajo, comoquiera recibirá sus beneficios del SSDI, pero no agotará un mes probatorio de trabajo.
Observación: El índice para el período probatorio de trabajo cambia cada año.
¿Qué es el período extendido de derecho (EPE)?
Después de que agote su período probatorio de trabajo (TWP), comenzará un período extendido de derecho (EPE). La primera vez que su ingreso devengado contable (sus ganancias mensuales brutas menos las deducciones) alcancen el índice de trabajo sustancial y lucrativo (SGA) durante el EPE, habrá un período de gracia de tres meses durante el cual seguirá recibiendo beneficios del SSDI sin importar cuánto gane. (El índice SGA es de $1,550 por mes en 2024; $2,590 si es una persona ciega).
Una vez que termine su período de gracia, no recibirá beneficios del SSDI en ningún mes en que sus ganancias mensuales contables superen el índice de SGA. Si su ingreso devengado contable vuelve a reducirse por debajo del índice de SGA, puede llamar al Seguro Social y reanudar sus beneficios. Durante el período EPE, podrá continuar recibiendo beneficios del SSDI en cualquier mes durante el cual sus ganancias sean menores que el índice SGA.
¿Qué es la restitución acelerada (EXR)?
Si antes recibía beneficios del Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI) y sus beneficios terminaron en los últimos cinco años, la restitución acelerada significa que puede recibir hasta seis meses de beneficios temporales del SSDI si su ingreso devengado contable se reduce por debajo del índice de un trabajo sustancial y lucrativo (SGA). Durante el período de restitución acelerada, podrá deducir los gastos de trabajo relacionados con la discapacidad (IRWE) y los subsidios salariales de sus ingresos mensuales brutos a fin de ayudarle a calificar para beneficios de SSDI.
En los seis meses de beneficios temporales, la Administración del Seguro Social (SSA) realiza una revisión para ver si su condición médica ha mejorado. Si el Seguro Social decide que aún tiene una discapacidad, seguirá recibiendo beneficios y no tendrá que volver a solicitar el SSDI. Si deciden que usted ya no tiene una discapacidad, sus beneficios del SSDI se detendrán.
¿Necesito informarle al Seguro Social si regreso a trabajar?
Para el Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI), debe informar al Seguro Social en seguida si:
- Comienza o deja de trabajar
- Si hay algún cambio en su trabajo de responsabilidades, horas, o pago; o
- Comienza a pagar gastos para el trabajo por motivo de su discapacidad.
También tiene que informarle al Seguro Social si su dirección cambia, si recibe algún otro beneficio por discapacidad, como la Compensación para los trabajadores, o si utiliza algún tipo de deducción del SSDI al calcular su ingreso. Si no reporta los cambios, es posible que tenga que pagarle de vuelta al Seguro Social los beneficios del SSDI que recibe.
Para informar sobre los cambios, comuníquese con su oficina local del Seguro Social y pregunte cómo y cúando debe informar sobre su ingreso devengado. Podría tener las opciones de informar:
- Por teléfono, por correo, o en persona con su oficina local del Seguro Social, o
- Con la herramienta para informar en línea de my Social Security.
Observación: Si recibe SSDI y Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI), tiene que reportar su ingreso a SSDI y SSI por separado. Obtenga más información sobre cómo reportar los ingresos para la SSI en el artículo sobre SSI de DB101.
A veces, el Seguro Social reevalúa su situación. Es por esto que debe tener una carpeta y guardar copia de todos sus documentos de los últimos cinco años, incluidos:
- Talones de pago
- Documentación de incentivos de trabajo, como recibos por sus gastos de trabajo relacionados con la discapacidad (IRWE), y
- Cartas que reciba del Seguro Social y otras agencias.
Lleve su carpeta cada vez que vaya a una oficina del Seguro Social, y tome apuntes en ella cada vez que se comunique con el Seguro Social.
Si el Seguro Social me deniega mi solicitud de beneficios del Seguro Social, ¿puedo apelar la decisión?
Sí. Si se deniega su solicitud, puede apelar la decisión. Más de la mitad de las apelaciones resultan exitosas.
Una apelación puede tardar varios meses. Si se deniega su solicitud por motivos médicos y desea apelar, deberá presentar una Solicitud de apelación e un Informe de discapacidad para apelación. En el informe se le pide que brinde información actualizada acerca de su condición médica y los tratamientos, estudios, o consultas con el médico que haya recibido desde que el Seguro Social tomara la decisión.
Si se denegó su solicitud por motivos que no son médicos, comuníquese con su oficina local del Seguro Social para pedir una revisión, o llame al Seguro Social al 1-800-772-1213 o al 1-800-325-0778 (TTY).
Comuníquese con Disability Rights New Jersey (DRNJ) para obtener ayuda con las apelaciones.
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Ayuda experta
SSI y SSDI
1-800-772-1213
SSI, SSDI, y el trabajo:
- Contacte a un/a consultor/a de incentivos de trabajo (WIPA)
-
Llame al Programa del Boleto para Trabajar
1-866-968-7842
Medicaid
- Contacte a su agencia de servicios sociales del condado
-
Llame al centro de llamadas de New Jersey FamilyCare/Medicaid
1-800-356-1561
Medicare
-
Llame a Medicare
1-800-633-4227 -
Llame al Programa Estatal de Asistencia con el Seguro Médico (SHIP)
1-800-792-8820
Preparación para trabajar
- Contacte a su oficina de la División de Servicios de Rehabilitación Vocacional (DVRS)
-
Llame a la Comisión para las Personas Ciegas y con Discapacidad Visual (CBVI)
1-877-685-8878 -
Llame a la División de Personas Sordas y con Problemas de Audición (DDHH)
1-800-792-8339 (Voz/TTY) - Contacte a su Centro de Trabajo de Una Parada (One-Stop Career Center)
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