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Medicaid por ingreso
Considere Medicaid por ingreso si:
-
Tiene menos de 65 años
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No califica para SSI o Medicare
-
Es ciudadano estadounidense o inmigrante elegible, y
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El ingreso total de su hogar es bajo.
¿Es la opción indicada para usted?
Medicaid, también denominado NJ FamilyCare, es una cobertura médica financiada por el gobierno para personas en ciertas situaciones. Es posible que califique si:
- Tiene escasos ingresos, sin importar cuánto tenga en recursos o si tiene una discapacidad. Medicaid por ingreso se explica en esta página.
- Recibe beneficios de la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) o califica para la regla 1619(b) de la SSI, que ayuda a las personas que antes recibían este beneficio. En cualquier caso, usted recibe cobertura de Medicaid automáticamente y no tiene que preocuparse por las reglas comentadas aquí. Obtenga más información en el artículo sobre SSI de DB101.
- Tiene escasos ingresos, pocos recursos y una discapacidad. Obtenga más información sobre Medicaid por discapacidad.
- Tiene una discapacidad y trabaja, incluso si su ingreso es más alto. Obtenga más información acerca de NJ WorkAbility.
Responda a las preguntas en esta página para ver si podría calificar para Medicaid por ingreso. De ser el caso, esta probablemente sea su mejor opción de cobertura médica, puesto que no suele tener una prima, los copagos por los servicios suelen ser más bajos que los de los planes privados y Medicaid cubre más servicios que la mayoría de los planes privados. Además, si califica para Medicaid, no puede recibir ayuda del gobierno para pagar un plan individual en GetCoveredNJ.
¿Cumple con los requisitos básicos de Medicaid por ingreso?
A fin de calificar para Medicaidpor ingreso, usted debe:
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Tener 65 años o menos
- Puede tener 65 años o más si es padre, madre o cuidador de un menor.
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No calificar para Medicare
- Puede recibir Medicare si es padre, madre o cuidador de un menor o está embarazada.
- Ser ciudadano de los EE. UU. o reunir los requisitos para no ciudadanos.
Si tiene 65 años o menos, no califica para Medicare y es ciudadano de los EE. UU. o es un no ciudadano calificado, Medicaid por ingreso podría cubrirle.
Reglas de Medicaid para inmigrantes:
- Aunque los inmigrantes indocumentados no califican para cobertura de Medicaid completa, podrían calificar para cobertura de Medicaid para servicios de emergencia.
- La mayoría de los inmigrantes que han estado presentes legalmente por menos de cinco años no califican para cobertura de Medicaid completa. Sin embargo, podrían cumplir con los requisitos para la cobertura privada subsidiada por el gobierno.
- Los inmigrantes que han estado legalmente presentes por cinco años o más y otras personas no ciudadanas que reúnan requisitos específicos para no ciudadanos califican para los mismos programas que pueden recibir los ciudadanos estadounidenses.
¿Su ingreso es suficientemente bajo para recibir Medicaid?
Estas son las reglas de ingreso principales para Medicaid por ingreso:
- Si el ingreso de su familia es equivalente o menor que el 138% del Índice Federal de Pobreza (FPG) ($20,783 al año, en el caso de personas solas; $43,056 para una familia de cuatro), podría ser que califique.
- Si tiene 18 años o menos y el ingreso de su familia es equivalente o menor que el 200% del FPG ($62,400 al año para una familia de cuatro), es posible que califique y no tenga que pagar una prima mensual.
- Si tiene 18 o menos y el ingreso de su familia se encuentra entre 200% y 355% del FPG ($110,760 para una familia de cuatro), es posible que califique si paga una prima mensual.
- Si está embarazada y el ingreso de su familia es equivalente o menor que el 205% del FPG ($63,960 al año para una familia de cuatro), es posible que califique. El bebé por nacer se cuenta como integrante de la familia.
El Medicaid por ingreso, a veces llamado "expansión de Medicaid ", se basa en su Ingreso Bruto Ajustado Modificado (MAGI), que incluye la mayor parte del ingreso devengado y no devengado. Sin embargo, parte del ingreso no se cuenta, incluidos los beneficios de la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI), los fondos acumulados por las inversiones en una cuenta ABLE y algunas contribuciones a cuentas de jubilación. Obtenga más información sobre los tipos de ingreso que inciden en los requisitos de calificación para Medicaid por ingreso.
Observación: No hay límites para la cantidad de dinero u otros recursos que puede tener para Medicaid por ingreso.
Personas en el hogar: | |
Límites de ingreso para su familia: | |
$15,060 | |
$5,380 | |
$15,060 | |
$5,380 | |
Medicaid por ingreso, adultos (138% FPG) | |
NJ FamilyCare, niños, gratis (200% FPG) | |
NJ FamilyCare, niños, con prima (355% FPG) | |
Planes privados con subsidio, gastos reducidos (250% FPG) | |
Planes privados con subsidio (no tiene límite) | -- |
Si el ingreso de su familia está por debajo del límite para un programa, podría calificar, si cumple con los demás requisitos del programa.
Aclaración: Algunos tipos de ingreso no cuentan contra estos límites, incluyendo los beneficios de la SSI.
Aclaración: A veces, diferentes programas utilizan cifras con diferencias pequeñas para el Índice Federal de Pobreza (FPG).
|
Si su ingreso es lo suficientemente bajo y reúne los demás requisitos, debe inscribirse en Medicaid.
Más formas de calificar para Medicaid si tiene una discapacidad
Existen otras formas de calificar para Medicaid si usted tiene una discapacidad. Podría calificar para Medicaid conforme a una discapacidad si:
- Usted recibe Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI).
- Usted gana más dinero trabajando de lo que permite Medicaid por ingreso. En tal caso, podría solicitar el Programa NJ WorkAbility de Medicaid.
- También recibe Medicare. Por lo general, Medicaid por ingreso no cubre a las personas que reciben Medicare, pero Medicaid por discapacidad sí. Este incluso podría ayudarle a pagar sus primar mensuales de Medicare.
- Usted tiene 65 años o más.
Es posible que califique para Medicaid por ingreso, incluso si tiene una discapacidad, si:
- Su discapacidad no satisface la definición de discapacidad del Seguro Social. El Medicaid por discapacidad es solo para personas con discapacidad que cumplen con este criterio.
- Tiene más recursos que lo permitido por el Medicaid por discapacidad.
- Usted gana suficiente dinero como para tener que pagar una prima mensual por NJ WorkAbility.
Obtenga más información acerca de Medicaid por discapacidad y NJ WorkAbility.
Cómo inscribirse
Antes de solicitar, NJHelps le permite obtener un aproximado anónimo de si califica para Medicaid u otros programas estatales y federales.
Usted puede solicitar Medicaid:
- En línea, usando NJ FamilyCare Quickstart, o
- En un centro de alcance comunitario e inscripción en su condado.
NJ FamilyCare enumera la información y los documentos que podría necesitar al solicitar. Para recibir ayuda con su solicitud, hable con un coordinador de beneficios médicos llamando al 1-800-701-0710 o al 1-800-701-0720 (TTY).
Cómo conservar Medicaid
Por lo general, una vez que se le aprueba el Medicaid, usted sigue calificando siempre y cuando su situación no cambie. Si cambia su ingreso, estado inmigratorio, residencia o el tamaño de su hogar, infórmeselo a su agencia de servicios sociales del condado en no más de 10 días del cambio. Usted puede hacer esto en persona, por teléfono o por correo electrónico. Cuando reporte los cambios, el condado le indica si continúa recibiendo Medicaid o si tiene nuevas opciones de cobertura médica, como cobertura individual con subsidios o NJ WorkAbility.
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Ayuda experta
SSI y SSDI
1-800-772-1213
SSI, SSDI, y el trabajo:
- Contacte a un/a consultor/a de incentivos de trabajo (WIPA)
-
Llame al Programa del Boleto para Trabajar
1-866-968-7842
Medicaid
- Contacte a su agencia de servicios sociales del condado
-
Llame al centro de llamadas de New Jersey FamilyCare/Medicaid
1-800-356-1561
Medicare
-
Llame a Medicare
1-800-633-4227 -
Llame al Programa Estatal de Asistencia con el Seguro Médico (SHIP)
1-800-792-8820
Preparación para trabajar
- Contacte a su oficina de la División de Servicios de Rehabilitación Vocacional (DVRS)
-
Llame a la Comisión para las Personas Ciegas y con Discapacidad Visual (CBVI)
1-877-685-8878 -
Llame a la División de Personas Sordas y con Problemas de Audición (DDHH)
1-800-792-8339 (Voz/TTY) - Contacte a su Centro de Trabajo de Una Parada (One-Stop Career Center)
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